El IVA abre un frente millonario para las televisiones públicas

Mano con un móvil que muestra una calculadora, frente a un ordenador; imagen alusiva al cálculo del IVA.

Hacienda calcula cuánto IVA pueden deducirse las radiotelevisiones públicas según el peso de sus ingresos comerciales. Sin embargo, las corporaciones defienden que el reparto debe atender al uso efectivo de cámaras, platós y servicios. Mientras la Audiencia Nacional consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), las reclamaciones siguen abiertas y la incertidumbre amenaza la planificación del servicio público y el empleo audiovisual.

La mayor parte de la financiación de las televisiones públicas procede de los presupuestos, no de los anunciantes. Aunque la Agencia Tributaria no considera esos fondos ingresos comerciales, aplica un porcentaje de deducción del IVA (denominado prorrateo) ligado a la proporción entre ingresos sujetos —como la publicidad— y el total, incluidas las aportaciones públicas. 

La aplicación de esta fórmula ha terminado perjudicando a las distintas televisiones públicas, que pagan más impuestos de los que les corresponderían si Hacienda considerase el uso real (el tiempo o los recursos dedicados a cada actividad) y no el origen de sus ingresos. Por eso, las corporaciones reclaman que se tenga en cuenta para qué se usan realmente los bienes y servicios.

El origen del problema, en tres ideas

  • El IVA grava el consumo. Una empresa privada paga el impuesto en sus gastos y puede deducirlo cuando realiza operaciones sujetas al IVA.
  • Una televisión pública combina actividad comercial, como la publicidad, con un servicio público financiado con fondos presupuestarios. El TJUE estableció en 2021 que esa prestación pública, cuando no se cobra a la audiencia, no está sujeta al IVA.
  • El conflicto surge con los gastos compartidos —equipos, instalaciones o servicios— que sirven a ambas actividades. ¿Qué parte del IVA soportado puede deducirse?

La disputa llega al Tribunal de Justicia de la UE

El 25 de junio de 2026, la Audiencia Nacional planteó cinco cuestiones prejudiciales al TJUE en un litigio de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. Pregunta si el criterio financiero español es compatible con la normativa europea y si puede ignorar el uso efectivo de los bienes. La respuesta podría orientar más de cuarenta recursos pendientes, aunque no resolverá automáticamente cada expediente.

La novedad más inmediata afecta a la CCMA, titular de TV3: la Audiencia Nacional ha suspendido cautelarmente el cobro de 23,85 millones de euros por el IVA de 2021 a 2023, sin exigir garantías, mientras estudia el rechttps://periscopiofiscalylegal.pwc.es/la-audiencia-nacional-plantea-cuestion-prejudicial-ante-el-tjue-sobre-el-derecho-a-deducir-el-iva-de-las-corporaciones-publicas-de-radiotelevision/urso. La medida no anula la liquidación. La CCMA mantiene otros expedientes abiertos y las cantidades en disputa suman unos 108,5 millones.

Por otro lado, RTVE afronta una contingencia estimada de alrededor de 941 millones de euros. El Congreso derogó en julio el real decreto-ley que habría permitido compensar a la corporación por los impuestos no deducibles. En octubre, el Gobierno trabajaba en un real decreto ordinario con un objetivo similar, aún pendiente de aprobación según la información publicada. 

Un respiro cautelar no da estabilidad

Las suspensiones judiciales permiten a las corporaciones evitar, por ahora, desembolsos que podrían comprometer su tesorería y la continuidad del servicio. Pero no despejan el resultado de los litigios ni resuelven cómo se financiarán las consecuencias de futuras liquidaciones. La CCMA, por ejemplo, alegó una tesorería de poco más de 406.000 euros al pedir que se suspendiera una de sus deudas.

En este escenario, provisionar cientos de millones o reservar recursos para cubrir litigios reduce el margen para planificar la producción, invertir en tecnología y sostener equipos profesionales. La incertidumbre también llega a productoras, personal técnico y otros proveedores que trabajan para las televisiones públicas. 

Para UGT Audiovisuales, la respuesta debe ser estructural y común para el servicio estatal y autonómico: proteger la financiación del servicio público es también proteger el empleo, la producción propia y las condiciones laborales.

La EMFA obliga a pasar de las palabras a los recursos

El Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación (EMFA) es directamente aplicable. De hecho, la mayoría de sus disposiciones lo son desde agosto de 2025. Incluye garantías para la independencia y el funcionamiento de los medios públicos, así como la obligación de contar con recursos financieros adecuados y previsibles para cumplir su misión.

España aún tiene pendiente completar su aplicación efectiva: la norma que debe atribuir nuevas competencias y medios a la CNMC sigue en tramitación parlamentaria, según la información de la propia Comisión. La seguridad jurídica y financiera de las radiotelevisiones públicas forma parte de ese debate. 

Desde UGT Audiovisuales, reclamamos una solución estructural para el sector que garantice recursos adecuados, suficientes y sostenibles para un servicio público de calidad, y estabilidad para quienes lo hacen posible.

Contenido redactado con asistencia de inteligencia artificial y revisión humana.