En la mesa de negociación del convenio colectivo de publicidad, la parte empresarial ha venido oponiéndose a la publicación de las tablas de este año e intentando su no aplicación ofreciendo otros incrementos distintos a lo pactado en el convenio alegando que de aplicarse la misma muchas empresas tendrían que acudir a mecanismos de reducción de empleo o al descuelgue convencional.
En este contexto, ayer se alcanzó un acuerdo parcial de convenio mediante el que se establece un incremento salarial fijo de un 4% por cada año de aplicación (2022-2025) y una cláusula de revisión salarial por la diferencia ente la suma de IPCs reales del periodo y el 16% pactado, manteniéndose la no compensación ni absorción establecida en el convenio.
Por cada año de desviación entre el IPC y el 4%, las personas trabajadoras disfrutarán de un día más de vacaciones y en el supuesto de que se produzcan despidos, la base del cálculo deberá ser en el contexto previo a la existencia de este acuerdo (con los incrementos de IPC).