La exposición a la presión del tiempo y la sobrecarga de trabajo afectan a la salud mental de las personas que trabajan en el sector de Información y Comunicaciones
El sector de Comunicaciones y Cultura y la Agrupación de Periodistas de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FeSMC-UGT), señalan que, según un estudio realizado por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), la exposición a la presión del tiempo y la sobrecarga de trabajo afectan al 39,9% de las personas que trabajan del sector de Información y comunicaciones, mientras que la media nacional es del 31,9%. Hay que destacar que en este sector las mujeres padecen una mayor exposición a la presión del tiempo y la sobrecarga de trabajo –el 47,5%-. El sector de Información y Comunicaciones incluye a las trabajadoras y trabajadores de Edición; Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical; Actividades de programación y emisión de radio y televisión; Telecomunicaciones; Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática y Servicios de información. En esta rama de actividad económica trabajan en torno a 600.000 personas en nuestro país.
Los riesgos psicosociales tienen un alcance significativo en el modo en que se realiza la actividad profesional y afectan e inciden de manera distinta entre hombres y mujeres. Hay que insistir en la perspectiva de género en las estrategias y medidas que se acuerden en este ámbito específico; como demuestran los datos sobre la prevalencia en la exposición a algunos de los factores de riesgo.
Según el estudio realizado por el INSST la prevalencia, para el sector de Información y comunicaciones, de exposición a algunos de los factores laborales con efectos negativos sobre la salud mental son:
La exposición a la presión del tiempo o sobrecarga de trabajo (39,9% de prevalencia de exposición a presión de tiempo o sobrecarga de trabajo. (47,5% entre las mujeres).La exposición a mala comunicación o a una cooperación deficiente tiene también una prevalencia del 7,4% (del 8,4% entre los hombres); un 10,6% se ve expuesto a la inseguridad laboral, y un 6,6% a falta de autonomía o de influencia sobre el ritmo o procedimientos de trabajo. Los efectos en la salud mental se dejan sentir en las dolencias mentales padecidas por las personas trabajadoras: un 5,9% de las personas ocupadas en Información y comunicaciones consume medicación. Según la citada encuesta, el 6,2% presenta síntomas compatibles con la depresión, frente al 7,6 de media en el conjunto de la población ocupada.
Gabinete técnico de la FeSM-UGT. Riesgos Psicosociales y estrés en el sector de Información y Comunicaciones.
Los riesgos psicosociales pueden ser definidos como aquellos aspectos relacionados con el diseño y la gestión del trabajo y su contexto organizacional y social que pueden ser causantes de un daño físico o psicológico.(EU-OSHA, 2010). Estos riegos incluyen violencia y agresión, exposición a eventos traumáticos, elevada carga de trabajo, trabajar con personas al final de sus vidas, la necesidad de hacer multitarea, cambio de trabajo, trabajo en solitario, burnout, mobbing. Aspectos todos ellos que pueden ser fuente de estrés.
Entre los principales riesgos psicosociales en los medios de comunicación que pueden provocar o facilitar la aparición de estrés destacan: el grado de autonomía en la toma de decisiones, las relaciones interpersonales, la cantidad y variedad de tareas, la falta de cultura organizativa, la deficiente definición de tareas, las dificultades para desconectar, la excesiva carga de trabajo y el ritmo elevado y los problemas para adaptarse al entorno tecnológico.
Según el estudio realizado por el INSST la prevalencia, para el sector de Información y comunicaciones, de exposición a algunos de los factores laborales con efectos negativos sobre la salud mental son:
- La exposición a la presión del tiempo o sobrecarga de trabajo (39,9% de prevalencia de exposición a presión de tiempo o sobrecarga de trabajo. (47,5% entre las mujeres). La media nacional es del 31,9%.
- La exposición a mala comunicación o a una cooperación deficiente tiene también una prevalencia del 7,4% (del 8,4% entre los hombres);
- Un 10,6% se ve expuesto a la inseguridad laboral, y un 6,6% a falta de autonomía o de influencia sobre el ritmo o procedimientos de trabajo.
Los efectos en la salud se dejan sentir en las dolencias mentales padecidas por las personas trabajadoras:
- El 6,2% (38.638 personas) presentan síntomas compatibles con la depresión. En el conjunto de la población ocupada el porcentaje es del 7,6%.
- Un 5,9% de las personas ocupadas en Información y Comunicaciones consume medicación relacionada (ansiolíticos, somníferos, antidepresivos). En el conjunto de los sectores es del 6,8%.
Las condiciones de trabajo y el alcance de la digitalización son dos dimensiones que pueden contribuir a un incremento de los factores de riesgos psicosociales.
- Así en relación con la prolongación de los horarios, si tenemos en cuenta los datos de la EPA (IIT de 2023), un 36% de las personas asalariadas en la actividad de Información y Comunicaciones realiza horas extraordinarias, de las cuales el 64,8% no se retribuyen.
La creciente externalización de actividades que da lugar a un aumento del trabajo autónomo en detrimento del empleo asalariado presiona a favor de un mayor número de horas de trabajo y a una mayor sensación de incertidumbre: entre 2020 y 2022 el número de autónomos creció un 20% en la actividad de Información y Comunicaciones.
- En esta actividad la digitalización tiene un alcance mucho mayor que en el conjunto de los sectores de actividad. Un buen número de indicadores dan cuenta de ello: la proporción de personas trabajadoras que utilizan el ordenador con fines empresariales (el 98,3% frente al 66,1% de media); el uso de aplicaciones para procesamiento automático de información (51,5% frente 28,3%); el empleo de tecnologías de IA (un 43,5% frente al 12,6% de media), el uso de internet para realizar reuniones remotas (93,5% frente al 53,41 de media) o el porcentaje de empresas que permiten la realización de teletrabajo por parte de sus empleados (85,3% frente al 40,8% de media) o empresas que utilizan Websites que comparten contenido multimedia (un 72% frente al 58,6% de media).
Como consecuencia, se produce una mayor carga de trabajo, exige una mayor velocidad de trabajo y aumenta el tiempo que se trabaja sólo.
Recientemente, el Parlamento Europeo ha aprobado una resolución sobre la Protección de la salud mental en el entorno laboral digital (Julio, 2023) advirtiendo del peligro para la salud mental y el derecho a la privacidad que generan tecnologías de vigilancia a través de programas informáticos y herramientas de inteligencia artificial, así como el control a distancia del progreso en el trabajo y del cumplimiento del horario laboral
Se señalan también otros factores que provocan estrés a los trabajadores, incluida la inseguridad financiera, el miedo al desempleo, el acceso limitado a atención sanitaria, el aislamiento, y los cambios en la jornada y la organización debidos a la pandemia de COVID-19 y a la subsiguiente crisis económica.
En definitiva, los riesgos psicosociales apuntan directamente a la organización del trabajo. La participación de las personas trabajadoras en la misma es ya inaplazable si queremos que el compromiso por una mejora de la salud mental sea efectivo y creíble.
La negociación colectiva puede ir mucho más allá y convertirse en una herramienta de primer orden para empresas y plantillas con el fin de proteger y garantizar la salud mental y física de las personas trabajadoras. Y esto requiere que los riesgos psicosociales estén presentes en los convenios colectivos, teniendo en cuenta los factores organizativos, las condiciones de trabajo y el diseño y aplicación de las medidas de evaluación de riesgos psicosociales y de las medidas preventivas que pueden eliminarlos o minimizarlos.
Con ello, estaremos contribuyendo a garantizar el cumplimiento del derecho fundamental a la salud física y mental de las trabajadoras y los trabajadores, vinculado al derecho a la dignidad humana consagrado en el artículo 1 de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea.